Se modifica la Ley de Protección de la Mujer Gestante

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El 8 de octubre del 2020, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, la modificación del articulo 1 de la Ley 28048, Ley de protección a favor de la mujer gestante, que realice labores que pongan en riesgo su salud y/o el desarrollo normal del embrión o feto.

Dicha modificación, contempla que la gestante, podrá solicitar al empleador no realizar ninguna labor, que ponga en riesgo su salud, o el desarrollo del embrión o feto, durante el periodo de gestación.

Apenas, el empleador sepa de sobre la solicitud asignará a la mujer gestante, otras labores que no pongan en riesgo, ni compliquen su embarazo, esto no debe afectar sus derechos laborales. Además, el empleador deberá asegurar, en la etapa de lactancia, que la integridad de la madre y el menor hijo, no sean puestas en riesgo.

En caso, no sea posible realizar labores de manera remota, mientras dure la emergencia sanitaria, la trabajadora podrá realizar labores similares a las que ejecutaba inicialmente, o, en todo caso, se le asignará una licencia con goce de haber, sujeta a compensación.

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