Se autoriza la presentación e inscripción a través del SID-SUNART de predios, personas jurídicas, testamentos, vehículos y mobiliario de contratos

Mediante Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 098-2020-SUNARP/SN, publicada el 23 de julio del 2020, en el Diario Oficial El Peruano, se autoriza la presentación e inscripción a través del SID-SUNARP de actos inscribibles correspondientes a los Registros de Predios, de Personas Jurídicas, de Testamentos, de Propiedad Vehicular y Mobiliario de Contratos.

A partir del 24 de julio, se autoriza la prestación electrónica mediante el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP-SID SUNARP, de los instrumentos notariales que contengan los siguientes actos, que podrán ser inscritos en el Registro de Testamentos:

  • Otorgamiento de testamento
  • Modificación de testamento
  • Ampliación de testamento
  • Renovación de testamento
  • Renuncia de herencia

También está contemplado, a partir del 24 de julio, el Registro de Propiedad Vehicular, en el sistema Digital de la SUNARP y se autoriza, la presentación digital de los partes notariales, copias certificadas o instrumentos con certificación notarial de firma, según corresponda de acuerdo a la naturaleza del acto, suscritos con firma digital, conteniendo los siguientes actos inscribibles en el Registro de Personas Jurídicas:

  • Transferencia de participaciones
  • Nombramiento, remoción o renuncia de directorio, director o de cualquiera de los cargos comprendidos en dicho órgano

Desde el 19 de agosto:

  • Constitución de la Sociedad Civil
  • Constitución de Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada
  • Constitución de Sociedad Colectiva
  • Constitución de Sociedad en Comandita por Acciones
  • Constitución de Sociedad en Comandita Simple
  • Escisión
  • Fusión
  • Transformación
  • Disolución, liquidación y extinción
  • Constitución de Fundación
  • Constitución de Comités
  • Constitución de Cooperativas

Además, se ha contemplado el registro de partes notariales, copias certificadas u oficios emitidos por el notario, suscritos con firma digital, en el Registro de Predios:

Desde el 24 de julio de 2020:

  • Transferencia de aporte

Desde el 31 de julio de 2020:

  • Fideicomiso
  • Renuncia de herencia
  • Reversión y revocatoria de donación o anticipo de legítima
  • Transferencia por reducción de capital
  • Transferencia por fusión, escisión y reorganización simple
  • Cesión de derechos
  • Cesión de posición contractual
  • Transferencia por fenecimiento de la sociedad de gananciales
  • Transferencia por sucesión testamentaria
  • Sustitución de régimen patrimonial
  • División y partición
  • Resolución de contrato
  • Título supletorio
  • Anticresis
  • Arrendamiento
  • Arrendamiento financiero
  • Uso
  • Pacto de reserva de propiedad
  • Pacto de retroveta
  • Servidumbre
  • Inmovilización Temporal de Partidas
  • Pactos de indivisión
  • Modificación de patrimonio familiar
  • Derecho de superficie
  • Nombramiento y remoción de presidente de la junta de propietarios
  • Nombramiento y remoción de Directiva de la junta de propietarios
  • Anotación preventiva notarial por falsificación
  • Anotación preventiva notarial por suplantación

La presentación vía digital de los actos aprobados, son una alternativa a la presentación en papel. Se dispone que la Dirección Técnica Registral y la Oficina General de Tecnologías de la Información en coordinación con las demás unidades orgánicas de la entidad, realicen las acciones conducentes a la incorporación de la totalidad de actos inscribibles con intervención notarial para su tramitación por el SID-SUNARP, conforme a un cronograma de trabajo, cuya implementación finalice el 31 de marzo de 2021.