Mediante Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 098-2020-SUNARP/SN, publicada el 23 de julio del 2020, en el Diario Oficial El Peruano, se autoriza la presentación e inscripción a través del SID-SUNARP de actos inscribibles correspondientes a los Registros de Predios, de Personas Jurídicas, de Testamentos, de Propiedad Vehicular y Mobiliario de Contratos.
A partir del 24 de julio, se autoriza la prestación electrónica mediante el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP-SID SUNARP, de los instrumentos notariales que contengan los siguientes actos, que podrán ser inscritos en el Registro de Testamentos:
También está contemplado, a partir del 24 de julio, el Registro de Propiedad Vehicular, en el sistema Digital de la SUNARP y se autoriza, la presentación digital de los partes notariales, copias certificadas o instrumentos con certificación notarial de firma, según corresponda de acuerdo a la naturaleza del acto, suscritos con firma digital, conteniendo los siguientes actos inscribibles en el Registro de Personas Jurídicas:
Desde el 19 de agosto:
Además, se ha contemplado el registro de partes notariales, copias certificadas u oficios emitidos por el notario, suscritos con firma digital, en el Registro de Predios:
Desde el 24 de julio de 2020:
Desde el 31 de julio de 2020:
La presentación vía digital de los actos aprobados, son una alternativa a la presentación en papel. Se dispone que la Dirección Técnica Registral y la Oficina General de Tecnologías de la Información en coordinación con las demás unidades orgánicas de la entidad, realicen las acciones conducentes a la incorporación de la totalidad de actos inscribibles con intervención notarial para su tramitación por el SID-SUNARP, conforme a un cronograma de trabajo, cuya implementación finalice el 31 de marzo de 2021.