Restaurantes y afines podrán atender en salón a partir del 20 de julio

Mediante Resolución Ministerial N° 208-2020 PRODUCE, publicada el 13 de julio de 2020, en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó, la reanudación de actividades económicas en materia de Restaurantes y Servicios Afines, en la modalidad de atención en salón, con aforo al 40%, excepto bares; además, se aprueba el Protocolo Sanitario, y dictan otras disposiciones que estarán vigentes hasta el 31 de diciembre.

Todos los restaurantes y servicios afines, con modalidad de atención en salón, podrán a partir del 20 de julio brindar atención al público. Para poder ejercer estas funciones, las entidades deberán cumplir con los siguientes requerimientos:

  1. Elaborar su “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”, conforme a los “Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, aprobados por Resolución Ministerial N° 448-2020-MINSA.
  2. El Plan deberá ser remitido vía correo electrónico al Ministerio de Salud, a la siguiente dirección electrónica: empresa@minsa.gob.pe.
  3. Una vez ejecutado dicho procedimiento, se considera como autorizado para ejercer funciones automáticamente.
  4. Solo podrán atender con un aforo máximo del 40%, excepto bares. Ver detalles en el anexo.
  5. La Dirección General de Desarrollo Empresarial del Despacho Viceministerial de MYPE e industria, podrá disponer modificaciones en el Protocolo Sanitario, con la finalidad que se continúe con la reanudación gradual y progresivo de las actividades económicas en el sector producción.