Licencia excepcional para trabajadores con hijos, niños o adolescentes diagnosticados con cáncer

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El 02 de setiembre del 2020, se publicó, en el Diario Oficial El Peruano, la Ley 31041, por la cual se aprueba la “Ley de urgencia médica para la detección oportuna y atención integral del cáncer del niño y del adolescente” (en adelante, la “Ley”), la cual modifica los artículos 1 y 2 de la Ley 30012, por la cual se concede el derecho de licencia a trabajadores con familiares directos que se encuentran con enfermedad en estado grave o terminal o sufran accidente grave, estableciendo disposiciones especiales para trabajadores con hijos, niños o adolescentes diagnosticados con cáncer.

 

Podemos observar las principales diferencias:

Ley 30012
(Hasta el 2/9/2020)
Ley 31041
(Desde el 3/9/2020)
Ámbito de aplicación de la licencia para trabajadores con familiares con enfermedades graves o en estado terminalTodo trabajador que tenga un hijo, padre o madre, cónyuge o conviviente enfermo diagnosticado en estado grave o terminal, tendrá derecho a la licencia.Todo trabajador que tenga un hijo, padre o madre, cónyuge o conviviente, o persona bajo su curatela o tutela, enfermo diagnosticado en estado grave o terminal, tiene derecho a la licencia.
Duración de la
licencia
Licencia de aplicación general:
Plazo máximo de 7 días calendario, con goce
de haber.
Licencia de aplicación general: Plazo máximo de 7 días calendario, con goce de haber.
Licencia excepcional:
Un año (plazo máximo), según las necesidades del trabajador cuyo hijo, menor de 18 años sea diagnosticado de cáncer por el médico especialista. Los primeros 21 días de la licencia serán cubiertos por el empleador y el tiempo restante por EsSalud.
Subsidio
oncológico
No AplicaSe otorga mediante las instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud (IAFAS), públicas o privada. Tiene un valor de dos Remuneraciones Mínimas Vitales y se otorga, por familia, al trabajador que tenga hijo menor de 18 años, que sea diagnosticado de cáncer. El subsidio se otorgará durante todo el tratamiento hospitalario, desde su confirmación, debidamente certificada por el médico especialista.

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