Mediante Resolución de Gerencia General Nº 1063-GG-EsSalud-2020, publicada el 22 de agosto de 2020, en el Diario Oficial “El Peruano”, las empresas podrán recibir certificados médicos particulares, fuera del plazo de 30 días hábiles, para acceder al subsidio que brinda EsSalud.
Normalmente, el Estado asume el subsidios de los trabajadores enfermos y/o incapacitados por más de 20 días. Para accedere a este subsidio, las empresas solicitan un reembolso a EsSalud presentando el certificado médico (en los primeros 30 días hábiles de emitido).
La norma estará vigente a partir del 23 de setiembre de 2020, y se mantendrá mientras dure el Estado de Emergencia Sanitaria.